¿Qué dice la normativa sobre la vivienda turística?
¿Tienes una vivienda y quieres explotarla dentro del sector turístico? En ese caso debes conocer la normativa sobre la vivienda turística para asegurarte de que tu negocio cumple con la legislación.
Una de las especialidades de nuestro bufete de abogados en Pollensa es el derecho inmobiliario, por lo que somos el despacho ideal para ayudarte a gestionar tus propiedades. En este artículo vamos a ver las particularidades de la normativa respecto al alquiler turístico.
Normativa sobre la vivienda turística
Imaginemos que has heredado una propiedad en la que no deseas residir. Explotarla de forma turística es una muy buena forma de obtener beneficios de un espacio que no vas a utilizar.
Cada vez somos más las personas que optamos por alquilar una vivienda en lugar de una habitación de hotel cuando viajamos. Este modelo turístico se encuentra actualmente en su máximo apogeo, pero debemos conocer bien lo que la legislación especifica sobre ello.
La administración pública de las comunidades autónomas
Lo primero a tener en cuenta es que cada comunidad autónoma tiene su propia normativa para regular la actividad turística. Algunos ayuntamientos también cuentan con ordenanzas municipales que complementan o restringen dicha normativa.
No obstante, hay ciertas categorías que se cumplen en cualquiera de estas normas:
- Fiscal: toda vivienda turística debe cumplir con las obligaciones tributarias. Como propietario, debes darte de alta en la Agencia Tributaria y pagar los impuestos que correspondan, como el IRPF o el IVA.
- Urbanística: la vivienda turística tiene que cumplir con las mismas normas urbanísticas que cualquier otra vivienda. Es importante conocer las licencias específicas que cada comunidad autónoma exige.
- Turística: son requisitos específicos respecto a seguridad y calidad.
Estos requisitos coinciden con los exigidos al resto de alojamientos turísticos como son los hoteles, las casas rurales o los bloques de apartamentos vacacionales.
Algunos de ellos son:
- Inscribirse en el Registro de Turismo de la comunidad autónoma correspondiente
- Disponer del certificado energético (o de la justificación de su exención)
- Tener un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros
- Tener un distintivo identificativo visible desde el exterior del inmueble
- Disponer de un contrato por escrito para el cliente, donde se especifiquen las condiciones del servicio y los datos personales, así como un registro de salida y entrada del huésped
- Asegurar los servicios de limpieza, mantenimiento y suministros
- Dotar a la vivienda del mobiliario y equipamiento necesarios para el confort de los huéspedes
- Informar al cliente de las normas de convivencia vecinal y uso de las instalaciones comunitarias
- Respetar la capacidad máxima que indique la normativa autonómica o municipal
- Cumplir con los requisitos de seguridad: disponer de detectores de humo, extintores, y cumplir con las normas de accesibilidad correspondientes
La normativa sobre la vivienda turística no es excesivamente compleja, sin embargo, con el fin de asegurar su cumplimiento, es recomendable contar con la ayuda de un equipo jurídico competente que nos proporcione la tranquilidad y la fluidez de la actividad laboral en el sector turístico.