Novedades en la declaración del IRPF

Novedades en la declaración del IRPF

Como si del pistoletazo de salida de una campaña de rebajas se tratara, el pasado 7 de abril arrancó el periodo para presentar la declaración de la renta 2020 provocando un auténtico aluvión de solicitudes del borrador en la web de la Agencia Tributaria. Y como cada año se introducen pequeños cambios en este impuesto sobre la renta de las personas físicas, hoy nos gustaría aprovechar nuestra experiencia como asesoría fiscal en Mallorca para comentarte esas novedades.

Pocas novedades a tener en cuenta

 

Este año, la declaración de la renta incluye pocas novedades que deban ser conocidas y la mayoría es probable que no te afecten, pero de igual modo, aquí te vamos a explicar las principales de manera sencilla:

1.- Mayor porcentaje en las deducciones por donativos

Es uno de los pocos cambios en el IRPF que afectan a las deducciones. Y ¡ojo! porque estamos hablado de donativos, no de donaciones.

En el ejercicio de este año se podrá deducir el 80 % de los primeros 150 euros aportados a una ONG, y un 35 % del resto de cantidades aportadas a este tipo de entidades, lo que supone un incremento de 5 puntos respecto al año pasado.

Además, también aumenta otros 5 puntos el porcentaje que puedes deducir si los dos años anteriores donaste a la misma ONG o fundación el mismo o menos dinero que en 2020. La deducción será del 40 % para las cantidades que superen los 150 euros en lugar del 35 %.

2.- Traslado de datos de rendimientos del capital inmobiliario

En el ejercicio de la renta de este año, los datos del cálculo de amortización de los rendimientos de capital proveniente de un alquiler inmobiliario se hará de forma automática a través del propio programa de Renta Web de la Agencia Tributaria. Al no tener que introducirlos manualmente, se agiliza así la cumplimentación de este impuesto.

3.- Traslado de los datos de los libros de registro para autónomos

De igual modo, los autónomos en el régimen de estimación directa también se beneficiarán de novedades en el programa web.

En este caso, los datos de sus libros de autónomos serán trasladados directamente a la declaración de IRPF, tanto los de los libros de registro de ventas e ingresos, como los datos de los libros de compras y gastos.

4.- Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión

En la renta 2020 cambia el Anexo A.3 del IRPF que actualiza los eventos y acciones que entran dentro del apartado de acontecimiento excepcional de interés público que da lugar a la deducción por incentivos a la inversión empresarial.

5.- Novedades en el gravamen autonómico de la renta 2020

El IRPF se divide en una parte estatal y otra autonómica (salvo para Navarra y el País Vasco). Este año, en Andalucía, Canarias, Cataluña, La Rioja y Murcia introducen pequeños cambios que afectan al gravamen de los tramos autonómicos de la declaración de la renta.

6.- ¿Qué ocurre con los ERTEs?

El protagonismo que los ERTEs han adquirido el pasado año sigue estando presente en el ámbito de la declaración de la renta.

Seguro que sabes que el SEPE es considerado un pagador más a efectos fiscales, lo que afecta a los límites en los que una persona está exenta de presentar la declaración de este impuesto. Concretamente, este año el límite se reduce a 14.000 euros anuales por encima de los cuales, si tienes más de un pagador y has cobrado más de 1.500 euros del segundo y siguientes, estarás obligado a presentarla.

En todo caso, si has estado en situación de ERTE y no tienes muy claro cómo confeccionar tu declaración de la renta, en el despacho de Alfonso Benavides podemos ayudarte. Contamos con una amplia experiencia como asesoría fiscal en Mallorca para ayudarte con este y con cualquier otro trámite en material tributaria.