ejecución de sentencias civiles

La ejecución de sentencias civiles: Qué es, proceso y caducidad

A continuación, nos gustaría aprovechar estas nuevas líneas de nuestro blog para explicaros en qué consiste la ejecución de sentencias civiles, así como sus principales características o caducidad. Esperamos que sirva para resolver las principales dudas que puedan crearse a su alrededor.

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Lo primero de todo al hablar sobre una ejecución de sentencias civiles será saber qué es de manera concreta. Se podría definir como el procedimiento judicial que conduce al cumplimiento forzoso de una obligación a costa de quien la ha incumplido. Estamos ante un proceso que se activa en el momento en el que la obligación impuesta en la sentencia no se ha cumplido de forma voluntaria por parte del sujeto que ha sido condenado.

Principales características de la ejecución de sentencias civiles

La Constitución Española, concretamente en su artículo 117.3, establece que la potestad para la ejecución de sentencias civiles corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales. Esto implica que su función no será únicamente la de juzgar, sino también la de ejecutar lo juzgado.

Uno de los puntos clave de este asunto es que la ejecución de sentencias civiles únicamente desplegará sus efectos cuando el condenado se niega a cumplir de forma voluntaria con esa obligación que se le ha sido impuesta. De esta forma, el órgano competente no podrá actuar de oficio, sino que será necesario presentar una demanda ejecutiva ante el juez competente y en el plazo de cinco años posteriores a la sentencia firme. En caso contrario, la acción ejecutiva caducará.

Para tratar de cerrar este asunto, es importante que tengas en cuenta que, dependiendo del contenido de la sentencia, habrá que diferenciar entre dos tipos:

  • Sentencias por condena dineraria: es la más frecuente y su objetivo será obtener una determinada cantidad del dinero del patrimonio del condenado.
  • Sentencias por condenas no dineraria: en este caso, estaremos ante ejecuciones por obligaciones, entrega de cosas, liquidación de daños y perjuicios, rendición de cuentas…

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